¿Puedo contratar desayunos, almuerzos o cenas?
Sí, pero recuerda que deben estar incluidos en el documento de reserva que subas a la plataforma.
Sí, pero recuerda que deben estar incluidos en el documento de reserva que subas a la plataforma.
No, solo se realizará el descuento de los servicios que incluyas en la reserva que subas a la aplicación.
Una vez inscrito en el programa, el turista podrá solicitar la ayuda cuando haya formalizado la reserva con la empresa turística y siempre con al menos 10 días de antelación a la fecha en la que se van a consumir los servicios.
RESERVA TU VIAJE A LA COMUNIDAD DE MADRID: Consulta qué alojamientos y agencias están adheridos al programa en la web bonosturisticoscomunidaddemadrid.es y realiza una reserva directamente con estas empresas. Asegúrate de que recibes copia de la reserva, la necesitarás para solicitar el bono.
Una vez que la Entidad colaboradora comprueba la documentación justificativa, así como que la empresa sigue cumpliendo el límite de mínimis con la percepción de cada nueva ayuda, la Entidad colaboradora procederá al pago mediante ingreso de la cantidad bonificada y justificada en la cuenta indicada por la empresa turística.
La empresa deberá realizar un alta por cada establecimiento adherido.
Sí, la documentación aportada por la empresa turística debe estar firmada digitalmente por el representante legal (sociedades mercantiles) o el titular de la actividad (autónomos).
No, cuando el usuario realiza la solicitud del bono, deberá incluir en la plataforma el documento de reserva emitido por la empresa turística, en el que se indican los servicios contratados, fecha o periodo de disfrute y el precio en euros antes del descuento.
Una vez consumidos los servicios bonificados por el usuario, en el plazo de diez días naturales desde el consumo de los mismos, la empresa turística procederá a la justificación ante la Entidad colaboradora, a través de la plataforma creada para la gestión del programa.
El programa se estructura como una ayuda para la reactivación del sector turístico de la Comunidad de Madrid en dos niveles, siendo beneficiarios directos los turistas usuarios de los productos y servicios subvencionados que se benefician de las bonificaciones que las ayudas implican, y por otro lado, aunque de una manera indirecta, las empresas turísticas que realicen su actividad turística en la Comunidad de Madrid que puedan adherirse al programa.