¿Qué sucede si me deniegan el bono y he hecho un prepago a la empresa turística?
La solicitud de la ayuda no da la condición de beneficiario. El prepago de la reserva realizada por el turista depende exclusivamente de las condiciones de contratación de servicios establecidos por la agencia de viajes o alojamiento turístico a la hora de realizar la reserva.
¿Cuándo debo pagar la reserva?
Es el alojamiento turístico o la agencia de viajes quienes decidirán la política de pago y cancelación de la reserva.
¿Para cuántas personas se puede realizar la reserva?
El bono se concede por un importe máximo de 600 euros (IVA incluido) a la persona que lo solicita, sin importar el número de personas que se incluyan en esa reserva.
¿Cuántos bonos puedo solicitar?
Cada turista puede solicitar un bono al mes, siempre que no tenga otro bono anterior pendiente de disfrutar.
¿Las entradas para teatros, musicales o espectáculos pueden estar incluidas en el bono?
Al ser productos turísticos habitualmente comercializados por agencias de viajes, sí se incluyen dentro de los servicios subvencionables.
¿Puedo contratar desayunos, almuerzos o cenas?
Sí, pero recuerda que deben estar incluidos en el documento de reserva que subas a la plataforma.
¿Puedo aplicar el bono en servicios que contrate una vez comience mi viaje?
No, solo se realizará el descuento de los servicios que incluyas en la reserva que subas a la aplicación.
¿Qué datos debo incluir en la plataforma en relación a la reserva?
Una vez inscrito en el programa, el turista podrá solicitar la ayuda cuando haya formalizado la reserva con la empresa turística y siempre con al menos 10 días de antelación a la fecha en la que se van a consumir los servicios.
¿Cómo hago la solicitud del bono?
RESERVA TU VIAJE A LA COMUNIDAD DE MADRID: Consulta qué alojamientos y agencias están adheridos al programa en la web bonosturisticoscomunidaddemadrid.es y realiza una reserva directamente con estas empresas. Asegúrate de que recibes copia de la reserva, la necesitarás para solicitar el bono.
¿Cuándo recibe la empresa el pago de la cantidad subvencionada?
Una vez que la Entidad colaboradora comprueba la documentación justificativa, así como que la empresa sigue cumpliendo el límite de mínimis con la percepción de cada nueva ayuda, la Entidad colaboradora procederá al pago mediante ingreso de la cantidad bonificada y justificada en la cuenta indicada por la empresa turística.
Si una misma empresa tiene varios establecimientos, ¿Cómo hay que darlos de alta en la plataforma?
La empresa deberá realizar un alta por cada establecimiento adherido.
¿La documentación adjunta debe estar firmada digitalmente?
Sí, la documentación aportada por la empresa turística debe estar firmada digitalmente por el representante legal (sociedades mercantiles) o el titular de la actividad (autónomos).

